sábado, 25 de febrero de 2012
Sinceridad
http://www.cadenaser.com/espana/articulo/cayo-lara-urdangarin-hace-republica-hemos-hecho-muchos/csrcsrpor/20120224csrcsrnac_9/Tes
Probablemente tenga razón pero no creo que sea porque acabe con una sentencia condenatoria por sus "quehaceres" altruístas para ayudar a los niños necesitados. Si se le encontrase culpable, se le podría "aislar", separarse de la infanta y la casa real podría hacer gala de respeto a la Justicia. Lo que, en contra de lo que piensen muchos, le haría "ganar puntos" en la consideración popular.
Pero si su abogado basa la defensa en hacer creer que su actuación era meramente institucional-presencial sin decisiones en la gestión y la administración de las sociedades, limitándose a la parte "decorativa" podría conseguir una absolución por bobaliconería, al no considerarse actuación dolosa la suya. Y si él no se enteraba de lo que sus socios y/o empleados hacían, cómo lo iba a saber su esposa ?.
Sólo necesitarían una confesión por parte de los "aprovechados" y, por arrepentimiento y buen comportamiento se les aplica una sentencia benévola, rápidamente el tercer grado e incluso un indulto al que no se le da mucha publicidad y....a disfrutar de una buena pensión en el extranjero con los ahorros que tengan por donde no se les conozca, más los aportados por algunos simpatizantes, y a otra cosa mariposa.
Vamos que le pasó algo parecido a lo de "el curita" que, siendo tan buenos que incluso pecan de ingenuos, otro "amiguito del alma" traicionó su confianza.
viernes, 24 de febrero de 2012
Eficacia ? Engaño? Despiste ?
Veamos como han ido evolucionando las cosas:
Ahora va Rajoy y nos anuncia que, durante todo el 2012 aumentará el paro, y eso pese a la "poción mágica" que iba a ser la reforma laboral de la que sale un nuevo régimen disciplinario para los trabajadores, más que un nuevo estatuto.
Pero, entonces.....es que no se ha generado la soñada confianza de los mercados, de los inversores, de los empresarios, de los fondos extranjeros, etc. que iban a significar un nuevo amanecer tras la, supuestamente, nefasta gestión socialista ? Va a resultar cierto lo que decía Zapatero de que el problema nos venía de fuera ?
No nos habrán tomado el pelo y de lo que se trataba era de "pillar" sillón para que se acabase la crisis, si, pero solo para ellos y para sus adláteres ?
jueves, 23 de febrero de 2012
Buenos gestos
miércoles, 22 de febrero de 2012
¿Rezando juntos?
Porque no deja de ser curiosa esta noticia, surgida ayer, en la que el PP se pone de acuerdo con el PSOE para "tumbarse" la propuesta de UPyD, en el Congreso, para ilegalizar a Amaiur.
http://www.rtve.es/noticias/20120221/diez-dice-pp-psoe-aislan-upyd-su-mocion-contra-amaiur-no-coalicion/499859.shtml
¡¡¡Qué cosas veredes, amigo Sancho!!!
martes, 21 de febrero de 2012
Madurez
Ahora, cuando todavía por la proximidad de elecciones en Andalucía no se han desvelado todas las acciones de gobierno, empezamos a ir conociendo quienes van a ser los que soporten el mayor peso de la crisis económica europea en la que nos vemos inmersos.
Ya el primer consejo de ministros decidió incrementar el IRPF, eso si a los más desahogados, a los que ganan más de 9.500 euros "brutos" al "año". Posteriormente, la reforma laboral ya comentada en otro post.
Es de agradecer que el nuevo presidente de la Generalitat valenciana tiene otra forma de actuar, más respetuosa y parece que sincera, que sus antecesores. Se escandaliza con el caso Emarsa y, cuando nos enteramos que se manipuló la investigación del accidente del metro, esperamos que se defina.
No obstante, la sra. Sánchez de León, a la que se quitó del Consell el sr. Fabra, se estrena como delegada de ese nuevo gobierno siendo la máxima responsable de actuaciones como las que pueden verse en:
http://videos.levante-emv.com/nacional/20120220/brutales-cargas-policiales-valencia-30848.shtml
Algo que empezó como una simple protesta por la falta de calefacción en estas semanas tan frías en el instituto Luis Vives, se acaba convirtiendo en una nueva demostración de fuerza de los que, a nada que se sienten respaldados por las urnas, les sale la vena autoritaria. Esas imágenes no son contra terroristas, kale borroka, incendiarios, alborotadores, infiltrados....son contra adolescentes.
Pues sres., se les dio el voto y lo van a ejercer, o qué nos creíamos, que era un juego por el que ahora te castigo a tí por no haber sabido mantener mi nivel de vida contra viento y marea, como va pareciendo que fue lo que nos llevó a votar como se hizo ?. La comunidad valenciana explotará, como la burbuja en la que el sueño y los intereses de unos cuantos desaprensivos la convirtieron, en la tierra de oportunidad para los buscadores de oro y del abandono después de sangrarla. Y si alguien lo duda, que me diga cómo han dejado el sistema financiero valenciano, me refiero a la CAM, al Banco de Valencia, a Bancaja, claro.
Esto no ha hecho más que comenzar. Quedan casi cuatro años. Nos lo borrarán de la memoria para entonces ?
jueves, 16 de febrero de 2012
Reforma laboral
En primer lugar, el estatuto del trabajador permite ausencias retribuídas, tras su justificación, como las siguientes:
Dos días en los casos de nacimiento de hijo o enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
Un día por traslado del domicilio habitual.
Pues bien, la ley laboral vigente hasta estos momentos preveía como causa de despido:
d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses, siempre que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo supere el 2,5 % en los mismos períodos de tiempo.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior,las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.
Tras la nueva modificación queda así:
"La letra d) del artículo 52 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactada del siguiente modo:
d) Por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior....(no se modifica el texto vigente anterior)"
Es decir, eliminándose la condición de absentismo de la totalidad de la plantilla en el cómputo individual, si uno tiene la desgracia de tener una gripe de unos días, o una operación de una hernia o apendicitis o vesicula o amígdalas, o le pasa a un hijo y tiene la desgracia de un fallecimiento cercano y/o se le une un traslado, u otra recaída médica no grave (baja de menos de veinte días), totalizando unos nueve días en un par de meses.....el currante se queda al libre albedrío del empresario que puede largarlo o ser condescendiente y, graciosamente dejarle continuar pero eso si, estándole eternamente agradecido. Eso es lo que se llama "pérdida de derecho", porque se está a lo que la suprema voluntad del empresario decida.
Otra consecuencia es la fiscal. Cada empresa que, a partir de ahora, indemnice a sus trabajadores con más de lo que la nueva reforma permite (en general los 20 días por año, "máximo un año") significará que en la declaración de renta del ejercicio habrá que consignar como ingreso el diferencial que supere lo que la ley exige.
Por ejemplo, una gran empresa hace un plan de prejubiliciones, bajas incentivadas, EREs o lo que sea y pacta mantener los 45 días (ó 30, ó 25 o los que sean). Es generosa , pero los trabajadores que se acojan, o los acojan, ya no tendrán exento, como hasta ahora hasta 42 mensualidades, sino 12. Por lo que deberán liquidar con el fisco la "generosidad" de la empresa. Y como es dinero que "suma" a los ingresos del año, mi consejo para los que se vean en esa situación es que lo pacten a principios de año. De esa forma los ingresos totales del ejercicio serán menores y el marginal a liquidar a Hacienda también será menor. Si lo hacen a final de año, se están autoperjudicando.
viernes, 10 de febrero de 2012
Profano
Así que no he podido por menos que tratar de informarme un poco más sobre este asunto, tratando de evadirme de simpatías, animadversiones.... y me encuentro con lo siguiente:
Ley de Enjuiciamiento Criminal.- Artículo 579.
….
2.
Asimismo, el Juez podrá acordar, en resolución motivada, la intervención de las comunicaciones telefónicas del procesado, si hubiere indicios de obtener por estos medios el descubrimiento o la comprobación de algún hecho o circunstancia importante de la causa.
3. De igual forma, el Juez podrá acordar, en resolución motivada, por un plazo de hasta tres meses, prorrogable por iguales períodos, la observación de las comunicaciones postales, telegráficas o telefónicas de las personas sobre las que existan indicios de responsabilidad criminal, así como de las comunicaciones de las que se sirvan para la realización de sus fines
delictivos.
….
Ley General Penitenciaria.- Artículo 51.
…..
2. Las comunicaciones de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo.
……
A buen entendedor, con pocas palabras basta, y parece que el legislador, en contra de lo que dicen algunos, interesados sin duda, prevé que el juez garantiza nuestra privacidad a no ser que considere que puede obtener información relevante.
Por otra parte, podemos leer en la Sentencia:
“…el acusado causó con su resolución una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa y demás derechos afectados anejos al mismo, o con otras palabras, como se dijo ya por el instructor, una laminación de esos derechos(…) admitiendo prácticas que en los tiempos actuales sólo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado, prescindiendo de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtiendo de esta forma las previsiones constitucionales y legales sobre el particular en meras proclamaciones vacías de contenido. La resolución es injusta, pues, en tanto que arbitrariamente restringe el derecho de defensa de los imputados en prisión, sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable”.
Yo soy un profano en temas jurídicos pero entiendo el castellano y me gustaría saber cuál es el razonamiento que hace que se interpreten los artículos referenciados de una forma tan distinta que permite, haciendo un triple salto mortal, llegar a la conclusión de que, hacer lo que se dice que se permite en ellos, implica actuar totalitariamente.
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jueves, 9 de febrero de 2012
Democracia y Libertad
Hay que felicitar a los artífices de la siniestra estrategia que, a no dudar, continuará con la petición de nulidad de actuaciones contra los Correa, Bigotes, Crespo...y, de paso, gestores políticos "amigos del alma" o "testigos de boda de los hijos" de estos ejemplares. Porque claro, si el juez instructor no actuó correctamente, vete a saber cómo se obtuvieron las pruebas.
Consultando el diccionario de la Real Academia Española, me encuentro con la siguiente definición de democracia: "Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno". Es decir, "favorable" no implica exigencia, mandamiento, obligación.
Asimismo, se define libertad como: "Facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo que es responsable de sus actos". Esto me recuerda lo que decíamos en tiempos de la dictadura de Franco, cuando comentábamos que había libertad de prensa porque podías comprar el ABC, Arriba, Pueblo....en el quiosco que eligieses.
Simultáneamente se hace público que la comisión disciplinaria del Poder Judicial ha abierto una investigación sobre el juez José Castro Aragón, como consecuencia de una denuncia presentada por el abogado de otro famoso político, Jaume Matas. Precisamente contra el funcionario que ha pedido la declaración de Iñaki Urdangarín como imputado por "temas poco edificantes".
Cuando las barbas de tu vecino veas cortar....pon las tuyas a remojar.
Y es que, el que escupe contra el cielo, en la cara le cae.
martes, 7 de febrero de 2012
Los intereses creados
sábado, 4 de febrero de 2012
Titular de El Mundo
Haciéndose eco de la rueda de prensa y del comunicado del consejo de Ministros de ayer, este periódico (como seguramente todos los demás) resalta la importancia de la medida adoptada para que los ciudadanos sepamos que, aunque sigan bien pagados, los responsables de las entidades financieras apoyadas no seguirán disfrutando de ingresos inmorales.
A mi me gustaría tener la certeza de que eso será así y no habrá caminos alternativos para que los "perjudicados" por la decisión gubernamental, evocando la picaresca de la que nuestra literatura hace gala, no encuentren forma de sortear la limitación.
Me explico, ¿ se comprobará el contenido de los informes encargados a empresas asesoras externas en temas tan dispersos como estrategia internacional del crudo, o de las energías renovables, o de la edificación, o sobre sectores de futuro, o de presente, o de decoración de oficinas, o de alfombras y/o moquetas.....? Porque contratar a una empresa que, casualmente, se haya formado recientemente pero acredite gran experiencia en alguno de esos frentes que comento y que pertenezca a la esposa, o al hijo, o al cuñado, o al primo, o al amigo, o al testaferro.......del gestor financiero que se siente "perjudicado", puede ayudarle a complementar su exigüo (?) nuevo sueldo, no ?
Cómo van a poner en tela de juicio las auditorías del Banco de España las contrataciones que la cúpula directiva de la entidad intervenida, o ayudada, hayan considerado convenientes o necesarias para tomar las mejores decisiones ?
Eso por no hablar de las razones que puedan ocultarse tras la decisión de contratar a un determinado proveedor, en lugar de otro, o aplicar un tipo de interés "preferente" a un determinado préstamo. Garantizado por la confianza del ejecutivo de turno en el solicitante, que ya encontrará el camino para agradecer la deferencia. Ya se sabe, es de bien nacido ser agradecido.
En resumen, me parece bien la medida, pero me parece pura demagogia para el pueblo llano. Espero que no contribuya a disminuir el nivel ético de los que, aunque con salarios indecentes, piensen en nuevos caminos para soslayar los controles. Que haberlos.....haylos, y sin pensar mucho. Con buenos asesores, no quiero ni imaginarlo.